¿A quienes se otorga?
¿A quienes se otorga?
Otorgados a bolivianos que contaren matrimonio con bolivianos o extranjeros en Colombia.
Requisitos
Requisitos
Para la celebración de un matrimonio en el Consulado los contrayentes deberán presentar los siguientes documentos:
1. Certificado de nacimiento de los contrayentes.
2. Original y Copias de los documentos de identificación.
3. Acta de manifestación de voluntad de contraer matrimonio.
4. Certificados de soltería de ambos contrayentes.
5. En caso de que uno de los contrayentes haya estado casado anteriormente, fotocopia de la resolución de disolución del anterior matrimonio.
6. Pasado judicial o Certificado de antecedentes policiales.
7. Copias de documentos de identificación de dos testigos por cada uno de los contrayentes.
Tiempo de entrega
Tiempo de entrega
1 día hábil.
Costo
Costo
El costo para la Celebración de Matrimonio es de $us. 51 (Cincuenta y uno dólares americanos), el que deberá ser consignado a la siguiente cuenta en Bogotá:
BANCO: GNB SUDAMERIS
CUENTA CORRIENTE: 17000140
NOMBRE DE LA CUENTA: CONSULADO DE BOLIVIA
* IMPORTANTE *
1. Debe realizarse una (1) consignación por documento. Si va a realizar varios trámites a la vez, cada trámite debe tener su respectiva consignación.
2. Infórmese bien sobre los pagos y consignaciones que realizará. EL BANCO NO DEVUELVE CONSIGNACIONES. *IMPORTANTE*.- Tener en cuenta que el Banco GNB Sudameris recibe consignaciones en Dólares Americanos, solamente hasta Hrs. 12:00 de los dias hábiles.
3. No existe ningún cobro adicional.
Dirección Oficina Consular Embajada de Bolivia en Colombia
Calle 108 A No. 21-42
Telf: (57-1) 6195509 – 2142325 - 2139156
Fax (57-1) 6196050
e-mail: Contacto
Bogotá D.C.
Horarios de atención Oficina Consular
Recepción de Documentos
De hrs. 8:30 a.m. a hrs. 12:30 p.m.
Entrega de Documentos
De hrs. 14:30 p.m. a hrs. 16:30 p.m.
De lunes a viernes
Trámite
Trámite
El matrimonio será celebrado por el señor Cónsul de la Embajada de Bolivia en Colombia en el lugar acordado con los contrayentes.
Una vez recibida la documentación exigida, el señor Cónsul elaborará un Acta donde deje constancia de la voluntad de los contrayentes de contraer matrimonio, el mismo que deberá estar firmado por los contrayentes y dos testigos, además del señor Cónsul.
No existe ningún cobro adicional.
