Elección de Constituyentes
Antecedentes
Comentarios sobre la Asamblea Constituyente
Balance de la Asamblea Constituyente
Mauricio Ochoa Urioste. Abogado. Presidente de la Asociación Boliviana de Juristas. Doctorando en Derecho (Universitat de Valencia)
Agosto 20 de 2007
La Asamblea Constituyente de Bolivia, inició su período el 6 de agosto de 2005 en medio de una coyuntura política en la que todavía la derecha histórica ostentaba representación política relevante y decisoria, en particular, en el Senado Nacional y el Tribunal Constitucional (1). Así, la Ley Especial de Convocatoria a la Asamblea Constituyente aprobada por el Congreso Nacional definió que el nuevo texto constitucional precisa dos tercios de votos, es decir, una mayoría extremadamente cualificada, si se toma en cuenta que los sistemas de votación comúnmente utilizados en América Latina dentro de sus órganos constituyentes sólo requirieron mayoría absoluta de sus miembros. Leer comentario completo.
La derecha busca el fracaso de la Asamblea Constituyente
Por: Jaime Padilla (Desde Suecia)
Martes, 18 de septiembre de 2007
La derecha está dispuesta a utilizar cualquier medio para impedir la continuidad del proceso de cambio iniciado por el presidente Evo Morales, y cerrar la Asamblea Constituyente, pero el pueblo boliviano no espera. Frente tales provocaciones ha comenzado su movilización en defensa de la Asamblea y su apoyo al gobierno, además de exigir definiciones al problema de la capitalidad que enfrenta a los departamentos de Chuquisaca y La Paz. Es más, los enemigos recurren ahora a la Iglesia para mediar en el conflicto. Leer comentario completo.
Referendos Autonómicos
Antecedentes
Comentarios sobre los Referendos Autonómicos
Referendo Revocatorio
Antecedentes
Evo Morales y Álvaro García ratificados
La Corte Nacional Electoral (CNE) hizo conocer el cómputo oficial de los ganadores y perdedores del referendo revocatorio del 10 de agosto, resultados que ratifican al Presidente Evo Morales con el 67,4% de preferencia electoral que le dijo Sí y su victoria en el 84,4 % de las provincias del país.
El cómputo final de la CNE también revela que los Prefectos con mayor respaldo en sus regiones y con alto porcentaje de aprobación son: Mario Virreira, de Potosí, con el 79,08% de votos; Rubén Costas, de Santa Cruz, con el 66,43 % de respaldo y Ernesto Suárez, del Beni, quien obtuvo el 64,25% de respaldo.
En cambio, también ratificados, Mario Cossío de Tarija consiguió el 58%, Leopoldo Fernández de Pando logró el 56% y Luis Alberto Aguilar de Oruro, fue ratificado con el 50,85%.
Los revocados de Cochabamba, Manfred Reyes Villa, obtuvo el 64,81% que le dijo No y Paredes corrió la misma suerte y dejó el cargo porque el 64,52% de los votantes así lo decidió en las urnas.
El triunfo del presidente Evo Morales Ayma en 95 de las 112 provincias del territorio nacional -en el Referendo Revocatorio de mandato popular del pasado 10 de agosto- rompió con la supuesta hegemonía y unidad de la autodenominada "media luna" en los departamentos de Beni, Pando, Tarija, Santa Cruz, Chuquisaca y Cochabamba.
El aplastante triunfo del presidente, Evo Morales Ayma, desmintió los resultados difundidos por los medios de comunicación privados afines a los Prefectos, cívicos y políticos de oposición, quienes publicaron datos que daban cuenta que Morales había sido revocado en "seis de los nueve departamentos de Bolivia".
En sí, los Prefectos de oposición agrupados en el autodenominado Consejo Nacional Democrático (Conalde) ganaron únicamente en las ciudades capitales como Sucre (Chuquisaca), Trinidad (Beni), Santa Cruz de la Sierra (Santa Cruz), Tarija (Tarija) y Cobija (Pando).
En tanto que en el departamento de Tarija no fue revocado porque la votación por el No, no superó el 53.7%. La votación por el Sí llegó a 66,645 (49.83%), por el No alcanzó a 67,102 (50.17%).
Santa Cruz es el único departamento donde el Primer Mandatario perdió en el número de provincias. Ganó en siete, pero en ocho fue revocado. No obstante, en la votación general superó el 43% de votos.
Comentarios sobre el Referendo Revocatorio
Cincuenta por ciento más un voto
Delfín Arias Vargas (Periodista)
Jueves, 20 de diciembre de 2007
¿Por qué ahora los diputados y senadores de Podemos le ponen cortapisas al proyecto de ley de revocatoria de mandato del Presidente y de los prefectos propuesto por el Ejecutivo y aprobado por la Cámara de Diputados?
Las respuestas pueden ser distintas, según manda la coyuntura, pero los legisladores opositores coinciden en que "no es democrático" que el Gobierno proponga que una eventual revocatoria del Presidente y de los prefectos necesite de la misma cantidad de votos más uno por los que fueron electos. Leer comentario completo.
El referéndum revocatorio
Rafael Bautista S.
Jueves, 24 de julio de 2008
Si toda la discusión sobre el referéndum se reduce a si es legal o no, si soluciona la crisis o no, lo reducido es, en última instancia, el referéndum mismo. Si la derecha imprime su sesgo a la agenda de la discusión intelectual, entonces la izquierda sólo puede responder de modo defensivo, entonces acontece la superficialidad del asunto: yo soy más democrático y tú no, tú eres más autoritario y yo no. Como sea, el yo es aquel que siempre tiene la razón: la verdad se vuelve propiedad de alguien. Y este sinsentido lo promueve precisamente aquel que no sólo promueve la anarquía institucional sino propicia, también, el desconcierto intelectual. En esa trampa se mete la izquierda cuando sigue el guión que establece la derecha. Leer comentario completo.
En torno a la supuesta inconstitucionalidad del referendo
Gustavo Portocarrero Valda
Lunes, 11 de agosto de 2008
I. Introducción al problema
Contrariamente a las enseñanzas de los clásicos, que pretendían que es el Derecho el que regula la actividad de los hombres —concepciones que se ajustan muy bien a sociedades con alto grado de desarrollo— la realidad muestra este dominio jurídico no se ejerce jamás a plenitud en los países de menor desarrollo. La tendencia del ser humano, especialmente donde los factores son antagónicos, es acomodarse en el lado donde más le conviene, se-gún circunstancias. Leer comentario completo.
El pueblo ratificó el cambio, Evo sigue!
Gastón Nuñez
Lunes, 18 de agosto de 2008
El histórico triunfo de Evo Morales Ayma no solo es un regocijo para los creyentes del cambio, sino y sobre todo alimenta la fuerza comprometida e inclaudicable de los que apuntan con sus luchas cotidianas la esperanza de los pueblos de esta América Latina.
Y es que Evo con los mas de dos tercios de la votación no solo reivindica el proceso iniciado en enero de 2006, sino que ahora le ha dicho a la derecha de este continente que estamos echando atrás esa perversa y odiosa manifestación de mantener excluido a quienes han luchado por mas de 500 años por una justicia social y los derechos de los mas débiles. Leer comentario completo.
Y, ahora, ¿son dos tercios democracia?
Alberto Montero Soler (Profesor de Economía Aplicada. Universidad de Málaga, España)
Viernes, 22 de agosto de 2008
El histórico triunfo de Evo Morales Ayma no solo es un regocijo para los creyentes del cambio, sino y sobre todo alimenta la fuerza comprometida e inclaudicable de los que apuntan con sus luchas cotidianas la esperanza de los pueblos de esta América Latina. Leer comentario completo.
Referendo Constitucional
Antecedentes: Pacto Congresal
El 20 de octubre de 2008 se recordará como un día histórico para la unidad y la dignidad del país entero, fecha en la que se anunció el pacto entre el oficialismo y la oposición que fue ratificada por el Congreso Nacional, en el que acordaron convocar a un referendo dirimitorio sobre la nueva Carta Magna y las elecciones generales en diciembre del 2009, a las que el Presidente Evo Morales se puede presentar, e incluye el compromiso de no optar a una segunda reelección en los comicios del 2014.
Este pacto permitirá acuerdo para pacificar el país y aprobar en el Congreso Nacional la convocatoria al referendo sobre la nueva Carta Magna. Ha sido hecho cuando la marcha de organizaciones campesinas y sectores sociales de 100 mil personas ingresaba a la ciudad de La Paz, a la que se sumó el Primer Mandatario del país desde la población de Ventilla, en el último trecho de la marcha que comenzó el 13 de octubre de 2008.
Con esta aprobación Congresal el acuerdo también incluiría correcciones y ajustes al texto de la Carta Magna en materia de las autonomías, la función social de la tenencia de la tierra, los ámbitos de la justicia ordinaria y Comunitaria, la defensa de los los recursos naturales y su control el modelo económico y se pondría fin a una larga turbulencia política, cuyos hechos más graves se produjeron en septiembre pasado en cinco departamentos opositores, con un saldo de 19 muertos en el Departamento de Pando.
La modificación el artículo 398 del proyecto de Constitución Política del Estado (CPE), el cual establece la superficie máxima de la propiedad de la tierra. El pueblo votará en un referéndum si el límite es 5 mil o 10 mil hectáreas.
El acuerdo entre el oficialismo y la oposición habrían acordado que el artículo 398 se aplique sólo en los procesos de saneamiento de tierra pendientes. Esto significa que tampoco se aplicarían con retroactividad mecanismos para recortar tierra excedente como la reversión por incumplimiento de la función económico social (FES) y la expropiación por necesidad pública.
El Capítulo Noveno de la nueva CPE Tierra y Territorio Art. 393 – 403, otorga un papel protagónico al Estado en la aplicación de políticas agrarias más justas y centradas en las personas. Algunas competencias privativas indelegables del Estado plurinacional son Tierra y territorio; recursos naturales y energéticos estratégicos, minerales, hidrocarburos, recursos hídricos, espectro electromagnético, biodiversidad y recursos forestales; Levantamiento de planos, mapas cartográficos y geodesia; Registro de derechos reales; Políticas de tierras, suelos, forestales y bosques, y Titulación de tierras. (Artículo 299)
La nueva CPE frena la mercantilización de tierras, bosques y servicios ambientales; reglamenta el mercado de tierras; reconstituye el territorio de comunidades indígenas y campesinas mediante la redistribución de tierras fiscales disponibles, y fomenta la agricultura familiar campesina e indígena.
El Artículo 393 prevé que el Estado reconoce, protege y garantiza la propiedad individual y comunitaria o colectiva de la tierra, en tanto cumpla una Función Social o una Función Económica Social, según corresponda.
El artículo 397. I de la nueva CPE ratifica que el trabajo es la fuente fundamental para la adquisición y conservación de la propiedad agraria. Los propietarios deberán cumplir con la función social o con la función económica social para salvaguardar su derecho, de acuerdo a la naturaleza de la propiedad.
La función social de conformidad al artículo 397.II se entiende como el aprovechamiento sustentable de la tierra por parte de pueblos y comunidades indígena originario campesinos, así como el que se realiza en pequeñas propiedades, y constituye la fuente de subsistencia y de bienestar y desarrollo sociocultural de sus titulares. En el cumplimiento de la función social se reconocen las normas propias de las comunidades.
El Artículo 397. III la función económica y social debe entenderse como el empleo sustentable de la tierra en el desarrollo de actividades productivas, conforme a su capacidad de uso mayor, en beneficio de la sociedad, del interés colectivo y de su propietario. La propiedad empresarial está sujeta a revisión, de acuerdo con la ley, para verificar el cumplimiento de la función económica y social.
El Artículo 400. I El incumplimiento de la función económica social o la tenencia latifundista de la tierra serán causales de reversión y la tierra pasará a dominio y propiedad del pueblo boliviano.
La expropiación de la tierra procederá por causa de necesidad y utilidad pública, y previo pago de una indemnización justa. Según prescribe el Artículo 400. II. , concordante con el Artículo 57 La expropiación se impondrá por causa de necesidad o utilidad pública, o cuando la propiedad no cumpla una función social calificada conforme con la ley y previa indemnización justa.
El artículo 398 del proyecto de la nueva CPE prohíbe el latifundio y la doble titulación por ser contrarios al interés colectivo y al desarrollo del país. Se entiende por latifundio la tenencia improductiva de la tierra; la tierra que no cumpla la función económica social; la explotación de la tierra que aplica un sistema de servidumbre, semiesclavitud o esclavitud en la relación laboral o la propiedad que sobrepasa la superficie máxima zonificada establecida en la ley. En ningún caso la superficie máxima podrá exceder las 5 mil o 10 mil hectáreas.
Comentarios sobre el Referendo Constitucional
Bolivia: La gran marcha al futuro
Antonio Peredo Leigue (Periodista y Senador de la República)
La Paz, 10 de noviembre de 2008
Fue un tiempo de sabores amargos, pero valió transitar ese período. La nueva Constitución Política del Estado (CPE) marcha hacia su confirmación, el 25 de enero próximo, cuando se espera que más del 70 por ciento de bolivianos y bolivianas le digan sí a ese texto.
No se trata de simples palabras; es el diseño de un nuevo Estado, en cuya conformación participará realmente todo el pueblo. Leer comentario completo.
